Auditoría, ¿qué empresas están obligadas?

Introducción:

La auditoría contable es un proceso por el que un experto, bien un profesional independiente o una sociedad, analiza las cuentas anuales de una empresa a fin de determinar si representan la imagen real de dicha compañía en cuanto a su situación financiera y resultados.

En España, la legislación determina que entidades están obligadas a realizar auditoría de sus cuentas. Además, hay empresas que, sin estar obligadas por ley, deciden auditarse. Más allá de detectar un fraude fiscal, una auditoría puede ayudar a una empresa a revelar sus debilidades y amenazas.

La auditoría es una herramienta de control financiero y administrativo, mediante la cual se pueden plantear mejoras y nuevos criterios contables, más adecuados a los implementados por la sociedad. De hecho, muchas empresas ven en este análisis un sistema fiable para ordenar sus cuentas, dotándolas de fiabilidad y transparencia ante posibles inversores y/o proveedores.

Empresas obligadas a realizar auditoría:

Existen determinados supuestos en los que una empresa está obligada a llevar a cabo una auditoría. La Ley de Sociedades de Capital establece una serie de criterios para determinas dicha obligación:

De forma general, si la sociedad cumple con 2 o más de los siguientes ítems durante dos años consecutivos, existe la obligación de auditarse en el segundo ejercicio:

  • Cifra de negocio superior a 5.700.000 de euros.
  • Activo Total superior a 2.850.000 euros.
  • Tener en plantilla más de 50 empleados.
  • Además, también están obligadas al control de la auditoría las siguientes:

  • Entidades de Interés Público, como lo son:
  • Entidades de crédito y entidades aseguradoras,
  • Fundaciones bancarias,
  • Entidades de pago y entidades de dinero electrónico, etc …
  • Aquellas empresas que reciban ayudas o subvenciones de organismos públicos superiores a 600.000 euros.
  • ¿Qué es una auditoría voluntaria?

    Existen 2 tipos de auditorías: las obligatorias y las voluntarias.

    Aunque sea voluntaria, la auditoría debe cumplir con los mismos procedimientos, normas técnicas y legislación que una obligatoria. La única diferencia estriba en que no existe la obligación de publicarla. Así que tiene que ser realizada por un auditor inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

    Para llevar a cabo una auditoría voluntaria, se puede solicitar de 3 formas distintas:

  • Por acuerdo de los propios órganos de gobierno de la sociedad,
  • Porque exista una obligación con un tercero a través de un contrato,
  • O porque una parte de los socios, que representen al menos el 5% del capital, lo solicite ante el Registro Mercantil.
  • Contabilidad de la empresa

    Desde que se produce el cierre contable, independientemente de si es el 31 de diciembre o cualquier otra fecha, las empresas disponen de 6 meses para aprobar las cuentas anuales, y uno más para proceder a su depósito en el Registro Mercantil.

    Esas cuentas anuales estarán compuestas por el Balance de Situación, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y la Memoria. Además, dependiendo de la sociedad, necesitarán también el Estado de Flujos de Efectivo (EFE), el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN) y el Informe de Gestión. Si es una auditoría obligatoria, junto con las Cuentas Anuales se deberá presentar el Informe del Auditor.

    Recuerda que si necesitas ayuda para realizar todos estos procesos o prefieres que un especialista lo haga todo por ti, estamos a tu entera disposición.

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